La Fiscalía Anticorrupción apelará la decisión del Juez de Control que modificó la medida cautelar de prisión preventiva contra Gonzalo “N”, ya que esta institución considera que no se acreditaron las condiciones objetivas para dicho cambio, de conformidad al artículo 161 del Código Nacional de Procedimientos Penales.
Lo anterior debido a que no se cumplió con la igualdad procesal de que la defensa acredite el origen y veracidad de los vídeos presentados en audiencia.
En tanto, la Fiscalía solicitó la separación del cargo del funcionario público, y el Juez concedió la aplicación de esta medida cautelar, por lo que no podrá volver a ocupar la titularidad de la Subsecretaría de Protección Civil de Cuernavaca, durante el tiempo que dure el proceso judicial
Además, solicitó la firma periódica mensual ante la Unidad de Medidas Cautelares (Umeca), incluso, Gonzálo “N” no podrá acercarse a los coimputados, ni a los testigos.
En tanto, la Fiscalía Anticorrupción evaluará si se inicia la carpeta correspondiente contra empleados de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) o quién resulte responsable por la obstrucción a la información solicitada por esta institución, ya que podrían haber incurrido en el delito de Acceso Ilícito a Sistemas de Videovigilancia.
El artículo 267 TER 1 del Código Penal del Estado de Morelos, establece que se le impondrán de seis a dos años de prisión y multa de cien a trescientas veces del valor diario de la Unidad de Medida de Actualización, “Al que sin autorización obtenida en la Ley De Videovigilancia para el Estado de Morelos modifique, destruya, o provoque la pérdida de información contenida por sistemas de videovigilancia o componentes físicos o electrónicos, que permitan la protección, visualización, transmisión, registro o videovigilancia de una persona física o moral particular, empresa de seguridad o establecimiento mercantil…”.