Las diputaciones locales de los morenistas Alejandra Flores Espinoza y Ulises Pardo Bastida fueron revocadas esta tarde por la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
La resolución, que está sujeta a la revisión de la Sala Superior del referido tribunal, impactará de nueva cuenta en la composición política del Congreso del estado.
En el caso de Flores Espinoza, quien contendió por el Distrito I con cabecera en Cuernavaca, la revocación se realizó por la recomposición del cómputo de los resultados de la elección que devolvió el triunfo a Andrea Valentina Guadalupe Gordillo Vega, de la alianza PAN-PSD.
En junio pasado, el resultado preliminar otorgó el triunfo a la abanderada del blanquiazul, sin embargo tras una impugnación presentada ante el Tribunal Electoral del Estado de Morelos (TEEM) éste resolvió a favor de Flores Espinosa al invalidar varias casillas que le dieron el triunfo por escasos 200 votos, el cual a su vez fue impugnado por los panistas.
De acuerdo con la sentencia del juicio de revisión constitucional SCM-JRC-154/2021 y sus acumulados, la Sala Regional, por unanimidad, revocó la nulidad de la votación en cuatro casillas realizada por el TEEM, modificó el cómputo final y confirmó la entrega de la constancia de mayoría a Gordillo Vega.
En tanto en el caso de Pardo Bastida, ex alcalde del municipio de Huitzilac y quien se registró como candidato indígena, la revocación como diputado local por el Distrito Local III se aprobó por dos votos a favor y uno en contra debido a que la comunidad de Coajomulco presentó pruebas del incumplimiento de la autoadscripción calificada indígena y, por lo tanto, no puede acceder a la diputación por acción afirmativa indígena, ya que fue la propia comunidad quien lo desconoció.
Este caso generó un debate entre la y los magistrados integrantes del Pleno de la Sala Regional a razón de que dichas pruebas se aportaron pasado 12 de junio cuando la elección se consumó una semana antes.
Acorde al acta de la asamblea, el ayudante municipal, sin su consentimiento y autorización, emitió a Pardo Bastida la constancia de autoadscripción calificada indígena, lo que motivó el desconocimiento del candidato propietario, la destitución del ayudante y la anulación de la constancia.
La magistrada María Silva Rojas, quien votó en contra, recordó que con anterioridad se validó la documentación presentada por Pardo Bastida, sin embargo, los magistrados Héctor Romero Bolaños y José Luis Ceballos Daza, coincidieron en que tanto el candidato como la persona que les expidió la constancia fueron desconocidos por la comunidad y, por lo tanto, el caso exigió un análisis de fondo en el contexto actual.
“Si una persona que va a integrar un órgano del Estado bajo un concepto de autoadscripción indígena cuando realmente no los es, eso es lo que está en el fondo de asunto, y por eso la importancia de que, como en el caso se propone en proyecto, realizar un estudio de fondo dar una respuesta puntual a lo que está planteando ante esta jurisdicción”, dijo el magistrado Romero Bolaños durante su intervención .
La revocación afectó sólo el triunfo del ex alcalde, no así el de su suplente Alejandro Martínez Bermúdez, quién hasta el momento asumirá en consecuencia el cargo.
Ambos morenistas podrán presentar las impugnaciones correspondientes ante la última instancia que tienen, que es la Sala Superior del TEPJF, quien determinará si conforma, revoca o modifica la sentencia.