El Procurador Federal del Consumidor, Ricardo Sheffield Padilla, señaló que es conveniente, que las escuelas y los padres de familia o alumnos, puedan conciliar y acordar condiciones de flexibilidad para realizar los pagos, que pueden ir desde parcializarlos, meses sin intereses, cuota reducida o alguna otra modalidad que sea conveniente a las partes.
Sí deben pagarse. El decreto presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), no elimina la obligación del pago de colegiaturas, porque la contingencia está denominada como causa de fuerza mayor, por lo que los proveedores, en este caso las escuelas privadas, no pueden continuar dando clases.
De hecho, las escuelas, en su mayoría, han implementado clases en línea para continuar con los cursos. El cobro de las colegiaturas correspondientes a marzo y abril tendría que ser considerado bajo circunstancias especiales, dado que la clase virtual reduce gastos en servicios de luz, agua y otros para los planteles.