De acuerdo a los establecido en el artículo 87 de la ley federal del trabajo, el derecho al aguinaldo, los patrones deberán de remunerar a sus empleados con una parte del salario una vez al año. Es la procuraduría de la defensa del trabajo la que protege a los empleados y atiende cualquier irregularidad que pueda registrarse.
El aguinaldo debe de ser por lo menos el equivalente a 15 días de salario y en caso de que no hayan cumplido el año de colaboración podrán tener la parte proporcional que les corresponde, de igual forma si se renuncia antes de que se entregue el aguinaldo s puede recibir la parte proporcional.
¿Cómo puedes calcular cuánto te toca?
El aguinaldo debe de ser por lo menos el equivalente a 15 días de salario y en caso de que no hayan cumplido el año de colaboración podrán tener la parte proporcional que les corresponde, de igual forma si se renuncia antes de que se entregue el aguinaldo s puede recibir la parte proporcional.
Para las personas que solo podrán recibir la parte proporcional del aguinaldo puedes saber cuánto les toca de la siguiente manera:
Dividir la quincena que reciben, entre 365 días y multiplicando esa cantidad por los días que empleado haya trabajado
Para aquellos que aún no han cumplido el año, esta prestación se calcula dividiendo la quincena que recibe el trabajador entre los 365 días del año y multiplicando esa cantidad por los días que el empleado haya trabajado.
¿HASTA CUANDO TE PUEDEN PAGAR ESTE DERECHO LABORAL?
Mucho ojo porque los patrones están obligados a pagar esta prestación o de lo contrario se harán acreedores a multas, si el trabajador no recibe su aguinaldo o se lo pagan incompleto tiene un año a partir del 20 de diciembre para poder reclamarlo